Home > 1. Formulario AL-220-2015 Acuerdo Emisión Valores Anotac en cuenta (English)

1. Formulario AL-220-2015 Acuerdo Emisión Valores Anotac en cuenta (English)

Mediante acuerdo adoptado en la sesión de de , número , celebrada a las horas del , artículo :



CONSIDERANDO:

  1. Que la Ley Reguladora del Mercado de Valores N°7732 en su artículo 115 establece que las emisiones de valores inscritas en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, pueden representarse mediante anotaciones electrónicas en cuenta o títulos.

  2. Que el Reglamento sobre Oferta Pública de Valores dispone en su artículo 9 que “únicamente podrán ser objeto de oferta pública de valores los valores emitidos en forma estandarizada. Se consideran emisiones de valores estandarizadas aquellas provenientes de un mismo emisor en las que todos los valores que las componen confieren a su tenedor idénticos derechos y obligaciones. La representación por medio de anotación electrónica en cuenta de dichas emisiones, constituye una condición necesaria para la autorización de oferta pública. (…)”

  3. Que es interés de esta entidad emisora acordar la emisión de valores de deuda por un monto total de , en , la cual se representará mediante anotación electrónica en cuenta, conforme fue autorizado por la Superintendencia General de Valores.

    (*) En los casos que corresponda indicar: Esta serie corresponde al Programa de Emisiones denominado Autorizado para oferta pública por un monto total de )]



POR TANTO:

  1. Se acuerda de forma irrevocable la emisión de valores de deuda por un monto de con las siguientes características:

    Cantidad Nominal
    Clase de instrumento
    Código ISIN
    Denominación o valor facial
    Fecha de emisión
    Fecha de vencimiento
    Monto de la emisión y moneda
    Monto Total del Programa de Emisión(*)
    Nemotécnico del instrumento
    Nombre de la emisión
    Nombre del Programa de Emisión(*)
    Número de valor
    Otras características
    (ajustable/redención anticipada, etc.)
    Plazo
    Periodicidad
    Tasa de interés bruta (o indicar si es
    Cero Cupón)
    Tasa de interés neta
    (*) Cuando corresponda a un programa de emisión.

  2. La oferta pública de valores para esta emisión fue autorizada por la Superintendencia General de Valores mediante resolución SGV-R- de de de

  3. Se comunica a Interclear Central de Valores, S. A. para la correspondiente anotación en cuenta de esta emisión para efectos de su oferta pública de los valores y su colocación a través de mecanismos de mercado organizados.

San José, de de

Firma Representante Legal: