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Mediante acuerdo adoptado en la sesión OrdinariaExtraordinaria de Junta DirectivaAsamblea de Accionistas de , número , celebrada a las horas del , artículo :
Que la Ley Reguladora del Mercado de Valores N°7732 en su artículo 115 establece que las emisiones de valores inscritas en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, pueden representarse mediante anotaciones electrónicas en cuenta o títulos.
Que el Reglamento sobre Oferta Pública de Valores dispone en su artículo 9 que “únicamente podrán ser objeto de oferta pública de valores los valores emitidos en forma estandarizada. Se consideran emisiones de valores estandarizadas aquellas provenientes de un mismo emisor en las que todos los valores que las componen confieren a su tenedor idénticos derechos y obligaciones. La representación por medio de anotación electrónica en cuenta de dichas emisiones, constituye una condición necesaria para la autorización de oferta pública. (…)”
Que es interés de esta entidad emisora acordar la emisión de valores de deuda por un monto total de , la cual se representará mediante anotación electrónica en cuenta, conforme fue autorizado por la Superintendencia General de Valores.
(*) En los casos que corresponda indicar: Esta serie corresponde al Programa de Emisiones denominado Autorizado para oferta pública por un monto total de )]
Se acuerda de forma irrevocable la emisión de valores de deuda por un monto de con las siguientes características:
La oferta pública de valores para esta emisión fue autorizada por la Superintendencia General de Valores mediante resolución SGV-R- de
Se comunica a Interclear Central de Valores, S. A. para la correspondiente anotación en cuenta de esta emisión para efectos de su oferta pública de los valores y su colocación a través de mecanismos de mercado organizados.
San José,
Firma autorizada: